VII. Directorio de todos los servidores públicos
El directorio de todos los Servidores Públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales.
N_F7_LTAIPEC_Art74FrprimVII.xlsx(1er trimestre del 2022)
fracc 7.xlsx (2do trimestre del 2022)
N_F7_LTAIPEC_Art74FrVII.xlsx(4to trimestre del 2022)